sábado, 14 de febrero de 2015

DESCUENTOS, OCIO Y VACACIONES 2015

Como todos los años, a través de un folleto, CCOO quiere facilitar los descuentos que tenemos disponibles para nuestros afiliados. No queremos que te olvides que la cuota que pagas como afiliado o afiliada no solo te garantiza la defensa de tus derechos y condiciones de trabajo en la empresa, sino que te da mas.
Para mas información sobre los servicios y las ofertas de las que disponemos en CCOO para los afiliados y afiliadas, puedes visitar este enlace.
En próximas publicaciones, os presentaremos las ofertas que disponemos en la comunidad de La Rioja.






jueves, 12 de febrero de 2015

CALENDARIO LABORAL 2015

CALENDARIO LABORAL 2015

Os mostramos el calendario laboral de este año 2015 diferenciados por turnos.


Recordar que son 226 los días de jornada industrial y 8 los días de libre disposición.
El trabajador dispondrá de 8 días de libre disposición. Las fechas de disfrute de los 5 primeros días las determinara el trabajador. Si esto supone que el servicio no quede garantizado, empresa y comité se reunirán para buscar una solución óptima. Los 3 días restantes los elegirá el trabajador, siempre y cuando el servicio quede garantizado. Los días de libre disposición de San Bernabé (sem. 24) y San Mateo (sem.  39) tienen que comunicarse con al menos dos meses de antelación. Siempre que los días de libre disposición hagan o completen con días festivos una semana completa, se deberán comunicar con al menos dos meses de antelación. El resto de los días de libre disposición se comunicaran  con la máxima antelación posible para evitar problemas organizativos. Los departamentos de Logística y Mantenimiento, se regirán por el acuerdo de modificación del art.9 del Convenio.

ART. 9 EN EL CONVENIO COLECTIVO DE EMPRESA.
Por razones justificadas, podrá desplazarse a la semana inmediatamente anterior o posterior el periodo prefijado como vacaciones de verano, preavisando al colectivo afectado y al comité de intercentros con dos meses de anticipación. En cualquier caso y salvo acuerdo particular con los interesados, el periodo de disfrute de las vacaciones será continuado. Para el año 2015, en los departamentos de Logística y Mantenimiento, el desplazamiento podrá ser de hasta dos semanas antes y una semana después del periodo fijado como vacaciones de verano. Respecto al resto de las vacaciones fijadas en calendario y excepto los días 24 y 31 de diciembre, la empresa podrá, por razones justificadas, fijarlas como laborables, preavisando con dos meses de antelación. Las fechas de disfrute de los mismos, así como las de los días de libre disposición, se elegirán por el trabajador, siempre y cuando el servicio quede garantizado. El resto del artículo se mantiene en los mismos términos actuales.