lunes, 7 de julio de 2025

 ÁRBOL QUE NACE TORCIDO, JAMÁS SU TRONCO ENDEREZA

Desde CCOO interpusimos una demanda por el plus de “complemento de turno continuado” (RELEVOS) que se hacían en el departamento de dosificación, la resolución judicial a dicha sentencia ha sido: ÍNTEGRAMENTE DESESTIMADA

En el juicio lo único que decía la parte demandada (la empresa) era que “esto está ya judicializado y no hay causa de volver a juzgarlo así repetitivamente”. Como todos y todas sabemos, USO interpuso una demanda de conflicto colectivo reclamando este complemento en la que agrupó al resto de secciones del mismo turno (Mantenimiento, Recuperaciones y Mezclas). Esta demanda fue desestimada por razones que toda la plantilla ya conoce... 

En esta ocasión, la jueza se ha ceñido a los precedentes sentados por la anterior resolución, haciendo caso omiso a las pruebas presentadas desde CCOO, resultando en la denegación de la causa. 

La sentencia del 23-06-2025 recoge la siguiente información: 

 “…tal como ha quedado acreditado, que los trabajadores de la sección de extrusión tienen un margen mucho menos amplio para decidir el momento de disfrute del descanso para el bocadillo que el de las restantes secciones de producción, ya que los primeros están obligados a hacerlo en la hora de relevo programado (alimentador y recogedor) o cuando la producción es estable (el resto), mientras que en la sección de mezclas en la que presta sus servicios el actor, en la que la producción programada no supera nunca el turno de trabajo (8 horas), los trabajadores disfrutan sus descansos a su criterio e incluso al mismo tiempo…” 

También se recoge el hecho de que “los trabajadores de mezclas finalizan su jornada y turnos 20 minutos antes que los trabajadores adscritos a otras secciones en virtud de acuerdo histórico, para poder ducharse”, permiso reconocido por el tema de productos químicos. 

 Ante cualquier aclaración, no dudéis en consultarnos. 

 Un saludo, Sección sindical de CCOO de las plantas de Varea y Cantabria.

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